Productos de seguro de moto completos - diferentes tipos de cobertura
La fórmula esencial
Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria
El seguro de Responsabilidad Civil cubre las indemnizaciones de las que el conductor del vehículo asegurado deba responder, por los daños causados a las personas o bienes de un tercero, derivados de hechos de la circulación de los que resulte civilmente responsable.
Responsabilidad Civil Voluntaria
Esta garantía cubre las siguientes contingencias:
- Los daños causados a terceros con motivo de la circulación del vehículo, y que excedan de la cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, y hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares.
Las fianzas que los Tribunales puedan exigir al Asegurado o al Conductor en concepto de responsabilidad civil.
- Gastos de Defensa y Asesoramiento Jurídico frente a la reclamación de un perjudicado, en procedimientos civiles, derivados de un siniestro amparados por la presente Póliza, y por ello el Asegurador asumirá la dirección jurídica, el Asesoramiento del Asegurado y designará a los abogados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado.
Defensa Jurídica
Garantías cubiertas :
- Defensa penal y fianzas :
El asegurador constituirá la fianza que en la causa penal por accidente de circulación se exija para garantizar la libertad provisional del Asegurado, hasta el límite de 3.000 €
- Reclamación de Daños básica
OPCIONES
Garantía Personal del Conductor (opcional)
Muerte e invalidez: (ver Condiciones Generales de la póliza).
Cubre al Conductor del vehículo asegurado cuando sea víctima de un accidente de circulación con dicho vehículo.
a) En caso de Fallecimiento o Invalidez Permanente:
- El pago de una indemnización, de acuerdo con el R.D.L 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, y hasta el límite del capital indicado en las Condiciones Particulares.
b) Los gastos de Asistencia Sanitaria (ver Condiciones Generales de la póliza)..
Asistencia en Viaje (opcional)
La compañía organizará la reparación definitiva “in situ” en el mismo lugar de ocurrencia del accidente o avería y si no es posible, remolcará el vehículo y a los ocupantes procediendo del siguiente modo:
- Si el vehículo se encuentra paralizado dentro de un radio de 100Km del domicilio del asegurado, la compañía lo trasladará al domicilio del aseguro o al taller designado por este, siempre dentro del radio de 100Km designado.
- Si el vehículo se encuentra paralizado en un radio superior a 100Km del domicilio del asegurado, el tiempo de reparación es inferior a 8 horas y la paralización del vehículo inferior a 4 días, la compañía trasladará el vehículo al taller, designado por el asegurado y más cercano al lugar del accidente o avería.
- Si el vehículo se encuentra paralizado en un radio superior a 100Km del domicilio del asegurado, el tiempo de reparación es superior a 8 horas y/o la paralización del vehículo superior a 4 días, la compañía realizará las mismas acciones que en el primer punto.
Coste de la garantía: 39,86€ con cobertura desde kilómetro 0 en toda Europa y países ribereños del Mediterráneo.
Daños al casco:(opcional)
Prima 20 € con un reembolso máximo de 230 €. Sin franquicia.
Cuando a causa de un accidente cubierto por las garantías de Responsabilidad Civil, Accidentes Personales, Incendio o Daños al Propio Vehículo, se produzca la rotura accidental parcial o total del casco del conductor y/o pasajero, que impida su normal utilización o que los daños producidos no aseguren el cumplimiento de su función de protección, el Asegurador asumirá el pago de la reposición o reparación del mismo, hasta el límite del capital indicado en las condiciones particulares siendo este capital el límite máximo de cobertura del asegurador para el conjunto de siniestros ocurridos durante el periodo de seguro.
Para el pago de la indemnización el asegurado deberá presentar factura de compra o reparación de casco idéntico o modelo equivalente, al destruido o dañado, con fecha posterior a la ocurrencia del siniestro.
Riesgos excluidos:
- Los simples rayados ocasionados por el uso normal.
- Los daños que afecten exclusivamente a la visera del casco.