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La fórmula completa

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Las garantías de la Fórmula ESENCIAL más:

Robo con o sin Franquicia

Esta garantía no tiene franquicia.

Garantías cubiertas:

  • La indemnización por desaparición del vehículo asegurado, o por sustracción parcial de las partes fijas del mismo.
  • La reparación o reposición de las partes dañadas en el vehículo asegurado y sus elementos fijos.

Incendio con o sin Franquicia

Esta garantía no tiene franquicia.

La reparación o reposición de las partes dañadas accidentalmente por Incendio, explosión y caída del rayo, tanto en circulación como en reposo o durante su transporte. Ver detalle en las Condiciones Particulares de la póliza. Los de actuación de Bomberos para la extinción del incendio del vehículo hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares.

OPCIONES

Garantía Personal del Conductor (opcional)

Muerte e invalidez: (ver Condiciones Generales de la póliza).
Cubre al Conductor del vehículo asegurado cuando sea víctima de un accidente de circulación con dicho vehículo.

a) En caso de Fallecimiento o Invalidez Permanente:

- El pago de una indemnización, de acuerdo con el R.D.L 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, y hasta el límite del capital indicado en las Condiciones Particulares.


b) Los gastos de Asistencia Sanitaria (ver Condiciones Generales de la póliza)..

Asistencia en Viaje (opcional)

La compañía organizará la reparación definitiva “in situ” en el mismo lugar de ocurrencia del accidente o avería y si no es posible, remolcará el vehículo y a los ocupantes procediendo del siguiente modo:

  • Si el vehículo se encuentra paralizado dentro de un radio de 100Km del domicilio del asegurado, la compañía lo trasladará al domicilio del aseguro o al taller designado por este, siempre dentro del radio de 100Km designado.
  • Si el vehículo se encuentra paralizado en un radio superior a 100Km del domicilio del asegurado, el tiempo de reparación es inferior a 8 horas y la paralización del vehículo inferior a 4 días, la compañía trasladará el vehículo al taller, designado por el asegurado y más cercano al lugar del accidente o avería.
  • Si el vehículo se encuentra paralizado en un radio superior a 100Km del domicilio del asegurado, el tiempo de reparación es superior a 8 horas y/o la paralización del vehículo superior a 4 días, la compañía realizará las mismas acciones que en el primer punto.
Coste de la garantía: 39,86€ con cobertura desde kilómetro 0 en toda Europa y países ribereños del Mediterráneo.

Daños al casco (opcional)


Prima 20 € con un reembolso máximo de 230 €. Sin franquicia.
Cuando a causa de un accidente cubierto por las garantías de Responsabilidad Civil, Accidentes Personales, Incendio o Daños al Propio Vehículo, se produzca la rotura accidental parcial o total del casco del conductor y/o pasajero, que impida su normal utilización o que los daños producidos no aseguren el cumplimiento de su función de protección, el Asegurador asumirá el pago de la reposición o reparación del mismo, hasta el límite del capital indicado en las condiciones particulares siendo este capital el límite máximo de cobertura del asegurador para el conjunto de siniestros ocurridos durante el periodo de seguro.
Para el pago de la indemnización el asegurado deberá presentar factura de compra o reparación de casco idéntico o modelo equivalente, al destruido o dañado, con fecha posterior a la ocurrencia del siniestro.

Accesorios (opcional)


Prima de 50 € con un reembolso máximo de 4000 € (con justificantes). Franquicia de 45 €.
Todos aquellos elementos de mejora, ornato y comodidad del vehículo, pudiendo ser de serie o no de serie.
Serán considerados accesorios: Los equipamientos, que aún viniendo instalados de fábrica, están especificados en la factura de compra.
No tienen consideración de accesorios, cuando vienen incorporados de serie y no vienen especificados en la factura de compra.
No accesorios asegurables: Teléfonos móviles, manos libres extraíbles, intercomunicadores casco-casco.

Rotura de faros (opcional)


Prima 10 €. Sin franquicia.
Esta garantía queda asegurada, siempre que figure expresamente incluida en las condiciones particulares de la póliza de la póliza.
Cuando se produzca la rotura accidental del faro o faros que formen el sistema de alumbrado correspondiente a las luces de cruce y posición delanteras de la motocicleta, integrantes del vehículo a su salida de fábrica en su modelo estándar o declarados como accesorio, el Asegurador asumirá el pago de la reposición o reparación de los mismos hasta el límite del capital indicado en las Condiciones Particulares.

Riesgos Excluidos:

Los desperfectos y roturas de otros objetos no previstos en la cobertura (tulipas, espejos
exteriores, luces indicadoras de dirección)